miércoles, 7 de enero de 2015

Declaración cuentas en el extranjero

Las personas obligadas a tributar por el IRPF o el Impuesto sobre Sociedades, estarán obligadas a presentar la declaración 720, siempre que el saldo o valor a 31 de diciembre supere los 50.000 €.
En principio sólo hay que presentar la declaración una vez, salvo que en un año posterior el saldo existente experimente un incremento superior a 20.000 € respecto al último valor declarado.
El plazo de presentación del modelo 720 es del 1 de enero al 31 de marzo de cada año, respecto al año anterior.